Servicio Social
De acuerdo al Reglamento General para la Prestación del Servicio Social, este se define como “la actividad formativa y de aplicación de conocimientos que de manera temporal y obligatoria realizan los alumnos o pasantes de la Universidad y de las instituciones que imparten programas educativos con reconocimiento de validez oficial de estudios, en beneficio de los diferentes sectores de la sociedad”.
Algunos de los objetivos que tiene esta actividad son:
- Extender los beneficios de la educación, de la ciencia y la tecnología, la técnica y la cultura a la sociedad, con el fin de impulsar el desarrollo sociocultural, especialmente de los grupos sociales más desprotegidos;
- Fomentar en el prestador del servicio social una conciencia de servicio, solidaridad, compromiso y reciprocidad a la sociedad a la que pertenece;
- Promover en los prestadores de servicio social actitudes reflexivas y críticas ante la problemática social;
- Fortalecer la vinculación de la Universidad con la sociedad.
Los egresados de la Licenciatura en Ciencias Forenses deberán iniciar su servicio social una vez cubierto el 100% de sus créditos del plan de estudios, aplicando por analogía lo que establece el artículo 8, fracción III del Reglamento General para la Prestación de Servicio Social de la Universidad de Guadalajara, para los programas de educación superior del área de salud. La prestación del Servicio Social deberá ser equivalente a 480 horas.
Se anexan las páginas de las unidades de Servicio Social de ambos Centros Universitarios:
CUCS
CUTONALÁ
Reglamento General para la Prestación del Servicio Social