Preguntas frecuentes
¿En qué circunstancias se me pueden justificar las inasistencias a clase?
La justificación de faltas solo se da en los siguientes casos:
Justificación de las Faltas de Asistencia RGEPA, Artículo 53.
Los alumnos podrán justificar su falta de asistencia a clases por alguna de las siguientes causas:
I. Por enfermedad;
II. Por el cumplimiento de una comisión conferida por autoridad universitaria, con conocimiento del Coordinador de Carrera, siempre que los trabajos realizados en ella tengan estrecha relación con los estudios universitarios, y
III. Por causa de fuerza mayor justificada que impida al alumno asistir, a juicio del Coordinador de Carrera.
El máximo de faltas de asistencia a clases que se pueden justificar a un alumno no excederá del 20% del total de horas establecidas en el programa de la materia, excepto lo establecido en el último párrafo del artículo 54 de este ordenamiento. RGEPA,
Artículo 54. El alumno deberá justificar las faltas de asistencia con el documento idóneo, al Coordinador de Carrera en los Centros Universitarios, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la fecha en que haya podido reanudar sus estudios.
Si el Coordinador de Carrera considera justificadas las faltas, se deberá hacer del conocimiento de los profesores de las materias que están cursando los alumnos, para que realicen la anotación correspondiente.
En forma excepcional el Coordinador de Carrera en los Centros Universitarios, podrán justificar un porcentaje máximo del 35% del total de las horas, establecidas en el programa de la materia, siempre y cuando se hayan realizado por alguna causa grave justificada.
Artículo 55. Cuando la inasistencia del alumno debidamente justificada en los términos del artículo anterior, se haya realizado el día de aplicación o calificación de un medio de evaluación, el profesor de la materia y el alumno acordarán la fecha y hora para llevarlo a cabo.
¿Qué hago si no estoy de acuerdo en la evaluación de una materia?
Artículo 49: El alumno podrá solicitar por escrito y de manera justificada, la revisión del resultado de su evaluación o de un examen al Jefe del Departamento que tenga a su cargo la materia de que se trata, o al Director de Escuela en el nivel medio superior, cuando considere que se ha cometido un error en su calificación. Dicha revisión deberá solicitarla dentro de los tres días hábiles siguientes a la fecha en que se haya publicado o notificado los resultados de la evaluación o examen.
¿Cuándo puedo iniciar mi servicio social?
Para la Licenciatura en Ciencias Forenses, el servicio social se puede iniciar al momento de cumplir el 100% de los créditos totales del Plan de Estudios.
¿Cuándo puedo iniciar mis prácticas profesionales?
Para la Licenciatura en Ciencias Forenses, el servicio social se puede iniciar al momento de cumplir el 90% de los créditos totales del Plan de Estudios.
¿Cuándo pierdo derecho a ordinario y extraordinario?
El derecho se pierde por medio de las inasistencias, si se llega a tener menos del 80% de las asistencias el derecho a ordinario se pierde, y si se llega a tener menos del 60% de las asistencias de igual forma el derecho a examen extraordinario se pierde.
¿Qué pasa si repruebo una materia?
Si es la primera vez solo es cuestión de volverla a cursar el semestre siguiente, si se vuelve a reprobar se puede solicitar el artículo 33.
¿Qué debo hacer si estoy en artículos 33 o 35?
Si estás en el artículo 33 puedes solicitar el art. 34, (la última oportunidad para aprobar una materia en ordinario), entregar oficio y última orden de pago con tu secretaria de ventanilla. Las fechas para realizar este trámite son al finalizar de cada semestre.
¿En dónde puedo realizar mis prácticas profesionales?
En cualquier área relacionada a la aplicación de las Ciencias Forenses con convenio vigente con el Centro Universitario o Universidad de Guadalajara.
Enlace a sitio de convenios CUT: http://www.cutonala.udg.mx/CatalogodeServicios/programas-universitarios/...
¿Qué pasa si tengo una propuesta para realizar mis prácticas profesionales y no existe un convenio con la Universidad y/o mi Centro Universitario?
Es necesario acercarse a la Coordinación de Extensión del Centro Universitario al que perteneces para realizar el trámite de convenio con el área deseada.
¿En dónde puedo realizar mi servicio social?
En cualquier área pública y privada que tenga convenio vigente con la Universidad de Guadalajara y qué solicite en tiempo y forma prestadores para proyectos específicos para la Licenciatura en Ciencias Forenses. En el siguiente enlace puedes encontrar los convenios vigentes para Servicio Social: https://serviciosocial.udg.mx/Convenios/ConveniosVigentes
¿Cuáles son las modalidades de titulación?
Actualmente las modalidades de titulación aprobadas para la Licenciatura en Ciencias Forenses son:
1. Desempeño Académico Sobresaliente
1.1. Excelencia académica. Es la obtención automática de un promedio global mínimo de 95 (noventa y cinco), aprobando un máximo del 10% (diez por ciento) de las asignaturas en período extraordinario.
2. Exámenes
2.1. Examen global teórico-práctico. Es la prueba oral o escrita que permite la valoración de los conocimientos que adquieren los alumnos en su formación para relacionarlos y aplicarlos a situaciones concretas de su quehacer profesional, el cual será sobre los conocimientos generales adquiridos y sobre los aspectos prácticos del propio ejercicio.
3. Tesis, Tesina e Informes
3.1. Es un trabajo de investigación inédito, que tendrá como objetivo presentar nuevos conocimientos, métodos e interpretaciones sobre cualquier aspecto de una realidad social determinada. En el campo del diseño el producto final puede ser un proyecto, un prototipo o un modelo.