Gobierno

Es atribución del Rector del Centro Universitario de Tonalá ejercer sus funciones de acuerdo a la Ley Orgánica de la Universidad de Guadalajara en su Articulo 54: 

I.    Presidir y convocar al Consejo de Centro Universitario y la respectiva Junta Divisional, teniendo voto de calidad en caso de empate.
II.   Proponer al Consejo de Centro, la designación de los miembros de las comisiones permanentes y especiales que se integren, actuando en todo caso como presidente ex-oficio de las mismas.
III.  Ejecutar los acuerdos del Consejo General en su ámbito de competencia, así como los acuerdos del Consejo de Centro Universitario.
IV.   Designar a los Directores de las Divisiones, con base en las ternas propuestas por el Consejo de Centro Universitario.
V.    Promover todo lo que tienda al mejoramiento técnico, académico y patrimonial del Centro Universitario, y;
VI.   Las demás que le confiera la normatividad universitaria aplicable.

Según el Estatuto General de la Universidad de Guadalajara  en su Artículo 119 dice que en los términos del artículo 53 de la Ley Orgánica, la representación del Centro Universitario y la función ejecutiva de su gobierno se deposita en un órgano unipersonal denominado Rectoría de Centro.

Además de las  atribuciones establecidas en el Art. 54 de la Ley Orgánica  de la U de G, cuentan con las siguientes funciones y atribuciones que se establecen en el Estatuto General de esta Institución, en el Artículo 120;

I.    Administrar los recursos humanos, financieros y materiales del Centro.
II.   Promover el desarrollo de las funciones de investigación, docencia y difusión que competan al Centro.
III.  Concertar con los sectores público, productivo y social programas y acciones que tiendan a fortalecer el desarrollo del Centro Universitario.
IV.   Dirigir las políticas y estrategias institucionales, encaminadas al mejor cumplimiento de los fines del Centro.
V.    Proponer a las autoridades correspondientes proyectos para elaborar o modificar los cuerpos normativos de observancia en el Centro Universitario.
VI.   Presentar el informe anual de actividades y financiero.
VII.  Autorizar el ejercicio de las partidas presupuestales del Centro.
VIII. Autorizar los programas de servicio social que estén bajo la responsabilidad del Centro;.
IX.    Autorizar propuestas de nombramiento del personal académico y administrativo del Centro de acuerdo a la normatividad vigente y remitirlas al Rector General.
X.     Gestionar los recursos necesarios para el buen desempeño del Centro.
XI.    Promover programas de educación continua, abierta y a distancia que estén bajo la responsabilidad del Centro Universitario.
XII.   Promover la vinculación del Centro Universitario con los otros Centros Universitarios, con el Sistema de Educación Media Superior y con otras Instituciones de Educación Superior mexicanas y extranjeras.
XIII.  Promover la difusión de los productos de la investigación realizada en el Centro Universitario.
XIV.   Promover estrategias para la desconcentración de las funciones y servicios académicos que el Centro ofrece; y
XV.    Las demás que se establezcan a su favor en la normatividad vigente.

 

Mtro. José Alfredo Peña Ramos
Año 2024

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Año 2023

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Año 2022

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Año 2021
Mtro. José Alfredo Peña Ramos
Año 2020
Mtro. José Alfredo Peña Ramos
Año 2019
 
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Plan Maestro del Centro Universitario de Tonalá
 

  • Plan de Manejo del agua
  • Criterios de Paisaje y Vegetación
  • Aulas Flexibles
  • Aulas auditorio
  • Aulas anfiteatro
  • Laboratorios
  • Talleres de Diseño y Artesanía
  • Instituto de Agua y Energía
  • Laboratorio de Nutrición
  • Biblioteca

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Los Consejos de Centro Universitario son los principales órganos de Gobierno de los Centros. 

El Consejo de Centro a través de su Estatuto Orgánico elabora las normas académicas, administrativas y disciplinarias que sean necesarias para el buen funcionamiento del Centro Universitario, en su ámbito de competencia, de conformidad con las políticas y orientaciones generales expedidas por el Consejo General, las disposiciones del Estatuto General de la Universidad y de la Ley Orgánica de la Universidad de Guadalajara. 

Cada Consejo de Centro se integrará con:

I. El Rector de Centro Universitario;

II. El Secretario Académico;

III. El Secretario Administrativo;

IV. Los Directores de División;

V. Un representante académico, directivo y estudiantil por cada Departamento, siempre que no excedan de cinco Departamentos por División;

VI. El Presidente del Consejo Social del Centro Universitario,

VII. Un representante general de las siguientes organizaciones: a) Del personal académico, acreditado por la organización que agrupe al mayor número de ellos ante el propio Consejo de Centro; b) Del personal administrativo, acreditado por el Sindicato que agrupe el mayor número de estos empleados, y c) Del alumnado, acreditado por la organización que agrupe al mayor número de representantes estudiantiles ante el propio Consejo de Centro.

Los Consejos de Centro Universitario se instalarán cada año en la primera quincena del mes de octubre.

pdf flat icon cutonala udg universidad de guadalajara Ley Orgánica de la Universidad de Guadalajara.

 

 

Con el firme propósito de promover la vinculación del Centro Universitario de Tonalá, respecto a las formas de incidencia de sus funciones en el desarrollo socioeconómico de su entorno, se integró el Consejo Social del Centro Universitario, siendo este un órgano de carácter consultivo conforme lo establece el artículo 57 de la Ley Orgánica de la Universidad de Guadalajara.

El Consejo Social del Centro Universitario lo integra un representante por cada una de las siguientes entidades, organismos y dependencias: el Gobierno del Estado de Jalisco, el Gobierno Municipal de Tonalá, el Consejo de Centro, el Sistema de Educación Media Superior, el personal docente, el alumnado, y los padres de familia; así también por tres representantes por cada uno de los sectores, grupos y asociaciones afines a los programas y orientaciones del Centro, que se indican a continuación: la comunidad académica, las asociaciones de profesionistas reconocidas por el propio Consejo Social, y los sectores productivos; así mismo forman parte de este Consejo: un Maestro Emérito, y el Presidente del Patronato del Centro.